Entre todas las conmemoraciones históricas que se celebrarán este año en España sorprende que no figure en la agenda de ninguna institución académica o universitaria la del III Centenario del Tratado de Viena de 1725, que tanta importancia tuvo en la futura configuración de Europa. A continuación presento algunas líneas que han sido publicadas en mi obra Mariana de Neoburgo. El exilio de la reina viuda de Carlos II. Madrid. Rialp, 2022.
En el marco de los intensos conflictos políticos que se sucedieron en Europa desde la Guerra de Sucesión Española que estalló a la muerte del rey Carlos II de España en 1700, se llegó -hace ahora 300 años- a la firma del Tratado de Viena, el 30 de abril de 1725, entre los representantes del emperador Carlos VI de Alemania y el rey Felipe V de España, que acordaba la paz y la amistad entre ellos. Esta paz llegó, por fin, en 1725 gracias a los acuerdos que fueron conseguidos desde 1721 en la ciudad francesa de Cambray, bajo la mediación de Luis XV de Francia y el rey Jorge de Gran Bretaña, para que Felipe V de España, el emperador Carlos VI de Alemania y el rey de Cerdeña aceptaran el cumplimiento de algunos artículos controvertidos acordados en el Tratado de la Cuádruple Alianza, firmado en La Haya en 1720.
Entre los acuerdos adoptados o ratificados en el Tratado de Viena de 1725, el archiduque de Austria renunciaba en su nombre y en el de todos sus herederos y sucesores a cualquier pretensión sobre todos los territorios de la monarquía española y reconocía a Felipe V como legítimo rey de la monarquía de España y de las Indias, cuya posesión le había sido asegurada por los Tratados de Utrecht. Igualmente, por este Tratado de Viena, Felipe V renunció, tanto por sí como por sus herederos y descendientes a todos los derechos y pretensiones sobre los territorios que el emperador poseía en Italia y en los Países Bajos y todos los derechos y pretensiones sobre los reinos y provincias que antes pertenecían a la monarquía de España en los Países Bajos y en Italia, como el marquesado del Final y renunciaba también para siempre al derecho de reversión a la Corona de España que se había reservado sobre el reino de Sicilia, reservándose el derecho de reversión sobre Cerdeña.
El emperador ratificaba su consentimiento a que el ducado de Toscana, así como los ducados de Parma y Plasencia, en caso de que quedaran vacantes por falta de sucesores masculinos, pasaran a ser sucedidos por la descendencia masculina de Isabel de Farnesio, por orden de primogenitura. Ambos concedían también una amnistía general a sus súbditos que desde el principio de la Guerra de Sucesión hubieran sido partidarios de una u otra potencia y se acordaba la anulación de las confiscaciones y sentencias que se hubieran dictado y ejecutado por estos motivos.
El Tratado de Paz y Amistad de Viena de 1725 fue ratificado por Felipe V en Aranjuez, el 6 de mayo de 1725 y por el emperador Carlos VI, en el palacio de Luxemburgo, el 16 de junio del mismo año. Para estrechar más los lazos entre ambos, los representantes diplomáticos firmaron también en Viena, el 30 de abril de 1725 un Tratado de Alianza Defensiva y el 1 de mayo de 1725 un Tratado de Comercio y Navegación.